Cuando Conviene Pensionarse a los 60 a los 65 años?

¿Cuándo Pensionarme 60 o 65 Años?


En esta sección vamos a analizar si es mejor pensionarse a los 60 años o después a los 61,62,63,64 o 65.
Si no ha definido una fecha para pensionarse en esta sección encontrará los elementos para tomar una decisión.
A la conclusión que llegaremos es que es mejor pensionarse a los 60 años que esperar más
tiempo . Lo vamos a demostrar.

Antecedentes
La ley del IMSS 1973, nos dice que para solicitar una pensión por jubilación debemos tener como
mínimo 60 años cumplidos.
En la Ley no existe la Jubilación obligatoria, será el trabajador el que decida iniciar los trámites para obtenerla escogiendo la edad.
Sabemos que de acuerdo a la edad hay una tabla en la Ley del IMSS que nos dice que de acuerdo a nuestra edad recibiremos diferentes porcentajes:
60 años 75% de la Pensión del IMSS
61 años 80% de la Pensión del IMSS
62 años 85% de la Pensión del IMSS
63 años 90% de la Pensión del IMSS
64 años 95% de la Pensión del IMSS
65 años o más 100% de la Pensión del IMSS

Argumentos Propositivos
Supongamos el siguiente caso: Un trabajador tiene derecho a una pensión de $20,000.

Esto quiere decir que si se jubila a los 60 años obtendrá una pensión de 75% de los $20,000, es decir, $15,000 pesos.

Si suponemos que el trabajador cobrara su pensión hasta llegar a los 75 años que es la esperanza de vida del mexicano en promedio veamos cuanto cobró en total si se pensiona a los 60 años o a los 65 años.

A los 60 años:
Cobrará 12 mensualidades al año más una de aguinaldo, es decir, 13 mensualidades en el año.
En los 15 años, es decir, de los 60 años a los 75 años habrá cobrado 195 mensualidades de $15,000 pesos que da un total de $15,000 x 195 = $2,925,000 pesos. Acuerdate de este dato.
A los 65 años:
Cobrará 12 mensualidades al año más una de aguinaldo, es decir, 13 mensualidades en el año.
En los 10 años, es decir, de los 65 años a los 75 años habrá cobrado 130 mensualidades de $20,000 pesos que da un total de $20,000 x 130 = $2,600,000 pesos.
Análisis del Ejemplo
A los 60 años el trabajador cobró $2,925,000 pesos v.s. $2,600,000 a los 65 años. Ven la diferencia son 16 mensualidades menos de $20,000 y disfruto su Jubilación 5 años antes.

Conclusiones:
1.- Si no te jubilas a los 60 años y decides esperarte uno o más años pierdes 13 mensualidades por cada año que pospongas tu jubilación en el IMSS. Aun con el aumento de 52 semanas más que es un impacto de 2.45% de incremento más un 5% de Inflación.

Bajo el ejemplo anterior

Edad Pensión Mensual Pensión Anual (13 Mens)
60 Años $15,000 $195,000
61 Años $17,110 $222,430
Diferencia $2,110 $27,430

Ya no cobraste de los 60 a los 61 años $195,000 pesos.

Por lo que para recuperar esta cantidad deberás esperar 7 años, es decir, $195,000/$27,430 = 7 años
1.- Beneficias al IMSS porque tendrá que pagarte menos ya serás más viejo.
2.- Tu empresa y tu siguen pagando las Cuotas Obrero Patronales que son casí del 40% del salario que recibes.
3.- Los años que dejas de cobrar tu pensión los recuperas 7 años después por cada año que se posponga la Jubilación.
4.- Podría ser que para los 65 años ya no goces de la misma Salud que a los 60 años.
5.- Es posible que haya pros y contras según la experiencia de muchos de nuestros clientes:
PROS Y CONTRAS
  • Puedes cobrar tu pensión y además seguir trabajando por Honorarios.
  • Ya no las tienes prestaciones que te da tu empresa
  • Doble Ingreso sin Retención de ISR en tu Pensión
  • Un solo ingreso con Retención de ISR.
  • Puedes Bajar el Ritmo de Actividades
  • Debes cumplir con tu Horario.

    Te invitamos a visitar la sección de Cálculo de Pensión donde podrás obtener un estudio donde podrás ver los montos de tu pensión a las diferentes edades de Jubilación 60,61,62,63,64 o 65.
  • Acércate a nuestros asesores siempre buscaremos la mejor alternativa basándonos en la información proporcionada por usted.
  • Nuestros cálculos son exactos y le permitirá tomar una decisión informada en base a números para obtener la Mayor Pensión Posible.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

SI SE PUEDE PENSIONAR ANTES DE LOS 60 AÑOS, CON ALGUNOS REQUISITOS A CUMPLIR, LES RECOMIENDO LEAN EL ARTICULO 158 DE LA LEY EL SEGURO SOCIAL 97, QUE POR SER UN BENEFICIO PARA EL TRABAJADOR SE PUEDE APLICAR RETROACTIVAMENTE A TRABAJADORES INSCRITOS EN LA LEY 73. (Art. 14 Constitucional)

Cañedo dijo...

Si te puedes jubilar antes de los 60 pero no por la ley del 73, sino por la del 97, agusado con lo que afirmamos.

Anónimo dijo...

Deje de aportar desde el 2002 me faltaban 50 semanas para 1250 semanas ya trabaje el año que me faltaba; puedo aspirar a la modalidad 40 y cuánto pagaría y por cuánto tiempo de ser acreditada.

Unknown dijo...

Calculo de; 800 pesos y 2000 semanas
Por favor Gracias